martes, 28 de julio de 2015

BLOQUE 4



MÉXICO: País de leyes.




Aprendizajes esperados:

  • Reconoce que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos  establece el derecho de las personas  y la institución.
  • Identificar los principios que establece  la carta magna ara conformar  el gobierno democrático y valorar  el papel de las autoridades representativas.
  • Conocer el trabajo de las autoridades, de la localidad el municipio y la entidad.

 

      INTRODUCCIÓN:

Las personas pueden ser muy distintas entre si o tener ideas  diversas comportarse de manera diferente y habitar lugares  con características ambientales propias. Así, para vivir en sociedad,  necesitamos leyes que establezcan lazos y normas para todos. Las leyes sirven para ordenar una adecuada vida social.

La constitución política de los estados unidos mexicanos, la norma fundamental y suprema, o ley de leyes de nuestro país, garantiza los derechos de todas las personas. Protege de manera especial los derechos de la niñez como son el derecho a la educación, a la alimentación, a la salud y a la seguridad para su desarrollo integral. La constitución política es, las leyes más importantes y en ella se basa cualquier otro ordenamiento.

Las personas pueden tener ideas diferentes cerca de lo que es justo o injusto. Conocer los derechos de las personas te ayuda a saber cuándo una situación es injusta. Estos derechos están garantizados en nuestras leyes y tratados internacionales y son iguales para  todos.

AL actuar debemos respetar los derechos de los demás y promover que los demás tengan la oportunidad de disfrutar de ellos solo así podremos exigir  que otros respeten los tuyos y te den la oportunidad de disfrutarlos. La ley marca sanciones para quien no las cumpla  o no respete los derechos de otros.

La constitución política de los estados unidos mexicanos,  promulgada en 1917 y vigente hasta ahora, establece los principios del gobierno democrático el respeto de los derechos humanos, la división de poderes y la realización de elecciones libres y periódicas de nuestros representantes. Además ahí se fijan los cuatro elementos  de todo estado: Pueblo, territorio, gobierno y soberanía.

En nuestra constitución  se estable el obligación del estado mexicano (en todos sus niveles de gobierno) de promover respetara proteger y garantizar los derechos humanos.

El principio de la división del poder implica que el poder político se ejerza a través de tres poderes: ejecutivo, Legislativo, Judicial estos tres poderes se limitan entre si,  y  solo pueden hacer lo que define expresamente lo que define expresamente la constitución política.


  • El poder legislativo elabora y modifica las leyes y autoriza el presupuesto
  •  El poder ejecutivo: establece las acciones para hacerlas realidad vigila su cumplimiento y administra los recursos nacionales.
  • El poder judicial: la interpreta para resolver conflictos.


¿QUÉ ES LA CONSTITUCIÓN?

La ley más importante en una sociedad es la Constitución Política y por eso se le llama la “ley suprema” de un país. Es la más importante por varias razones: en primer lugar, porque es la primera de todas las leyes que se crean, es decir, ella va a decir quién y cómo se van a crear otras leyes. En segundo lugar, porque es la que establece los principios básicos de la vida social a partir de los llamados derechos fundamentales. En tercer lugar, la Constitución es la ley suprema porque determina nuestro territorio y la forma en que nos vamos a gobernar. Cada país cuenta con una constitución política. En ella se dice cuáles son sus fronteras, su forma de gobierno, las libertades de sus habitantes, así como sus obligaciones principales.


CONTENIDOS DE LA  CONSTITUCIÓN

Derechos fundamentales
Para los mexicanos todas las personas somos libres e iguales ante la ley, no importa nuestra edad, si somos hombres o mujeres, si pertenecemos a una comunidad indígena o religiosa, o si tenemos alguna discapacidad; tampoco importa nuestra situación económica. La Constitución Política establece que no debe haber esclavos y que nadie puede tener títulos de nobleza.
2 Arts. 1 y 4, primer párrafo, y art. 12

Tenemos derecho a creer, pensar y expresarnos libremente.
2 Art. 6
Tenemos derecho, especialmente los niños, a la educación, a la salud, a vivir en un medio ambiente sano, a la alimentación, a tener un lugar digno donde vivir y al esparcimiento.

 2 Arts. 3 y 4, párrafos tercero, cuarto y sexto

Cuando somos adultos tenemos derecho a trabajar y a formar nuestra familia. 

2 Arts. 4, segundo párrafo, y 5, primer párrafo

El artículo 123 regula constitucionalmente todas las cuestiones del derecho del trabajo. Se establece que la jornada de trabajo máxima será de ocho horas, y que la jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas. Además, quedan prohibidas las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de 16 años. Asimismo, se establece que queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de 14. Sin embargo, los mayores de esta edad y menores de 16 tendrán como jornada máxima la de seis horas.
Art. 123, apartado A, f. I, II y III

Tenemos derecho a transitar libremente por nuestro país. Art. 11 Cuando se da un problema que tiene que ser resuelto por un juez, tenemos derecho a que este juicio sea justo; por ejemplo, que todos los que acusan y los que se defienden sean escuchados, que puedan presentar las pruebas que consideren convenientes y se decida de acuerdo con lo que establece la ley, en igualdad de circunstancias.

 Art. 16, párrafo primero, segundo y tercero; art. 17, párrafo segundo, y art. 20

 Con 18 años cumplidos, tenemos derecho a elegir a las personas que nos van a representar para gobernar, así como también que nos elijan a nosotros.
Art. 34, f. I, y art. 35, f. I y II

Nuestro territorio y nuestros recursos naturales.


 Nuestra Constitución Política nos dice en dónde empieza y dónde termina México, es decir, nuestras fronteras; cuáles son nuestros ríos, nuestros mares, nuestras montañas y espacio aéreo, nuestras islas, nuestros lagos, nuestros recursos naturales, y cómo podemos usarlos y cuidarlos. Esto se vuelve muy importante cuando pensamos en los recursos naturales que se utilizan para generar energía, tales como el agua, el gas y el petróleo.
Arts. 42 y 27 

El artículo 27 constitucional establece los elementos que constituyen la propiedad de la nación. Se establece que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
 Art. 27, primer párrafo

 Nuestro país se llama “Estados Unidos Mexicanos”, porque somos una federación; es decir, unión de 31 estados y un Distrito Federal, las llamadas entidades federativas.
 Art. 43

 Cuando actuamos todos juntos actuamos como federación, pero también cada entidad federativa puede hacer cosas y actuar de manera independiente.
 Art. 121, f. I

 Sin embargo, es importante que todas las leyes de los estados y sus constituciones respeten lo que dice nuestra Constitución Federal, de la que hemos venido hablando, la de 1917, la que surgió del movimiento revolucionario.
Art. 40

Entonces, en un gobierno como el nuestro, una república federal, cada estado tiene su Constitución, pero todos juntos tenemos la Constitución Federal.
Art. 40

La Constitución Política habla también de nuestro gobierno. En México tenemos una forma de gobierno que se llama “república representativa, democrática y federal.”
 Art. 40

 Somos república porque decidimos que los gobernantes duren sólo un periodo y no toda la vida, como sucede en los países donde existen las monarquías.
Art. 59

 Tenemos un gobierno democrático y representativo porque todos participamos, aunque de manera indirecta, a través de representantes.
Art. 41

 Tenemos el derecho y la obligación de elegir a las personas que nos representarán para tomar las decisiones de todos y gobernar, y de esta forma todos participamos en las decisiones.
Arts. 35, f. I y II, y 36, f. III, IV y V

Nuestros gobernantes, su actuación y sus límites

Algunas veces, los que gobiernan han usado su fuerza y su poder para aprovecharse de las personas. Esto es algo que en nuestra sociedad queremos evitar; por eso, la Constitución Política dice claramente qué puede y qué no puede hacer una autoridad pública.
Arts. 16, 18, 19, 20, 21, 22 y 23

Una autoridad pública siempre debe respetar la Constitución en todas sus partes, especialmente lo que se refiere a nuestros derechos fundamentales, y si no lo hiciera, podemos denunciarla ante quien corresponda y en la forma que la propia Constitución dice.
 Arts. 102, inciso B, 103 y art. 107

 El poder para decidir y gobernar que una sociedad da a sus gobernantes es tan grande, que no es bueno que una sola persona o grupo de personas lo tengan todo. Esto sería un poder ilimitado y excesivo, como un gran monstruo que n die podría controlar. Por ello, nuestra Constitución Política dice que en México el ejercicio del poder se divide. En primer lugar, se divide a través de las diferentes funciones que los gobernantes llevan a cabo, principalmente la legislativa, la administrativa o ejecutiva y la judicial.
 Art. 49
También se divide el ejercicio del poder a partir del lugar donde a cada gobernante le toca decidir y actuar: algunos en todo el territorio, como son los órganos de la Federación; otros, en los estados; unos más, en los municipios.
Arts. 49, 115 y 116
 El municipio se encuentra regulado constitucionalmente en el artículo 115. Precisamente, el municipio es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los estados de la Federación.
Art. 115, primer párrafo
Es importante recordar que las autoridades sólo pueden actuar en el espacio y con las funciones en donde están autorizadas por la ley.
Arts. 14 y 16

Nuestro presidente: Poder Ejecutivo.


 El Poder Ejecutivo en nuestro país se deposita en una persona, la cual se denomina “presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.
Art. 80
De acuerdo con nuestra forma de gobierno representativa y democrática, nuestro presidente es elegido de manera directa por todos los ciudadanos mexicanos.
Art. 81

Para ser presidente de México, son requisitos ser mexicano por nacimiento y tener más de 35 años de edad, entre otros. En nuestro país, un presidente nunca puede volver a serlo.
Arts. 82 y 83
El trabajo más importante del presidente es representar a México en el exterior, promulgar y ejecutar leyes, proponer a los ministros de la Suprema Corte de Justicia y preservar la seguridad nacional. El artículo 89 de la Constitución establece las facultades y obligaciones del presidente de la República.
 Art. 89
En cada estado de la República, el poder ejecutivo lo ejerce un gobernador, y en cada municipio un presidente municipal.
Arts. 115, f. I, y 116, f. I

Diputados y senadores: Poder Legislativo. 

El Poder Legislativo se deposita en el Congreso Federal, el cual se divide en dos cámaras, la de Diputados y la de Senadores.
 Art. 50
 La Cámara de Diputados se compone de representantes que se eligen en su totalidad cada tres años. La integran 500 diputados.
 Arts. 51 y 52
La Cámara de Senadores se integra por 128 senadores, y se renueva en su totalidad cada seis años.
Art. 56
Para ser diputado se necesita ser mexicano por nacimiento y tener por lo menos 21 años de edad.
Art. 55
 Para ser senador se requiere ser mexicano por nacimiento y tener por lo menos 25 años de edad.      
Art. 58
 En cada estado de la República existe una cámara de diputados a la que se le llama Congreso Local. En los municipios, esta función la realizan los Ayuntamientos.
Arts. 115, f. I, y 116

 Poder judicial: nuestros jueces.

El Poder Judicial Federal se deposita en la Suprema Corte de Justicia, en el Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, y en Juzgados de Distrito.
Art. 94, f. I
 Para ser ministro de la Suprema Corte de Justicia se necesita, entre otras cosas, ser mexicano por nacimiento, tener por lo menos 35 años de edad, y tener título de licenciado en derecho cuando menos 10 años antes de la designación.
Art. 95
Los ministros son nombrados por los senadores a partir de una propuesta de tres personas que hace el presidente de la República.

 Art. 96, párrafo primero
La principal tarea de los ministros es resolver los conflictos entre los particulares o entre éstos y el gobierno, interpretando la ley y emitiendo sentencias.

Art. 94
 El Tribunal Electoral atiende los conflictos que surgen de las elecciones de los representantes populares.
Art. 99
En cada estado de la República existe un Tribunal Superior de Justicia, juzgados de primera instancia y juzgados menores que llevan diferentes nombres.
Art. 116, f. III
Existen otros organismos que también nombra y describe la Constitución Política, y que no forman parte ni del Poder Ejecutivo ni del Legislativo ni del Judicial, pero son muy importantes; por ejemplo, las comisiones que protegen y promueven los derechos humanos pueden ser estatales o federales.
Art. 102, inciso B
También se encuentran en este caso los institutos y las comisiones federales y estatales que se encargan de organizar las elecciones y promover la cultura de la democracia, como son el Instituto Federal Electoral (IFE) o los institutos electorales de las entidades federativas.
Art. 116, f. IV
El Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea En México, el presidente de la República es el comandante supremo de las Fuerzas Armadas. Esto quiere decir que, para proteger nuestra nación y muchas veces para ayudar a las personas en casos de desastre, el presidente de la República tiene el poder y la obligación de comandar a nuestras fuerzas armadas, y éstas tienen como principal tarea proteger a todos los mexicanos y nuestro territorio.
Art. 89, f. IV, V, VI y VII

Como se puede cambiar una constitución:

Así como las sociedades cambian, las constituciones también. Sin embargo, para cambiar la Constitución Política hay que hacer muchas cosas. No es fácil, y esto es bueno, porque así se protege nuestra sociedad contra alguien o contra algún grupo de personas que quisiera poner en la Constitución Política aquello que sólo a ellos les conviene, y sin preguntarnos qué cambios serían convenientes para todos. Por esto, el proceso de modificación constitucional es un proceso “calificado”, lo que quiere decir que sólo se puede realizar cuando están de acuerdo dos terceras partes de los diputados y los senadores, y la mayoría de los congresos locales.
 Art. 135

Defensa de la constitución política.
La Constitución Política, por ser la ley más importante de todas, necesita ciertos mecanismos que la cuiden, que la protejan en contra de posibles intentos para cambiarla sin que todos estemos de acuerdo. Uno de ellos es el mecanismo que acabamos de mencionar para transformarla o reformarla. Pero existe otro muy importante, que se conoce como “tribunal constitucional”. Se trata de un tribunal que se encarga de revisar todos los casos en donde existen leyes que pudieran establecer normas que se opongan a lo que establece la Constitución Política. Sólo este tribunal determina cuándo una ley o un acto de gobierno es inconstitucional. En México este tribunal es la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
 Art. 94

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